TESTIMONIO: VISTO: El importante tr nsito peatonal que existe diariamente desde la ciudad hasta la necr¢polis local y viceversa, generalmente por la calzada en raz¢n de la ausencia de veredas, con los riesgos que ello implica frente a la significativa circulaci¢n vehicular que, coincidentemente, se desplaza por el lugar, y CONSIDERANDO: Que es necesario brindar mayores medios de seguridad y comodidad a los vecinos que caminan por esa arteria, particularmente en el tramo de la calle 39, desde 40 a 68. Que para ello, se entiende menester la intervenci¢n del Gobierno Municipal, atendiendo la situaci¢n expuesta. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: C O M U N I C A C I O N N§ 19/98 ------------------------------------ ARTICULO 1.- Solic¡tase al Departamento Ejecutivo Municipal, la ------------ construcci¢n de sendas peatonales paralelas a la calle 39, desde 40 hasta la 68.------------------------------------ ARTICULO 2.- C£mplase, comun¡quese al Departamento Ejecutivo a sus ------------ efectos, reg¡strese y publ¡quese.-------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesi¢n Ordinaria, a los veintitr‚s d¡as del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan Jos‚ Troya - SECRETARIO.-----------